Cláusulas generales de contratación

1. El pasajero debe estar presente en la agencia o terminal del lugar de despacho treinta (30) minutos antes de la hora indicada en el tiquete.
2. Los niños mayores de dos (2) años ocupa un puesto.
3. Si el pasajero no está presente en el sitio de abordaje en la ficha y media hora antes de la señalada en el tiquete, se entenderá que existe su viaje, y la empresa podrá disponer del cupo para ser reasignado otro pasajero. Internamiento, el pasajero podrá solicitar reprogramación de su viaje pagando excedente de acuerdo a las tarifas vigentes a la fecha en que se programe su viaje.
4. En todos los casos, el tiquete de transporte terrestre tendrá una validez de seis meses a partir de la fecha de compra de tiquete de viaje, durante la cual, el pasajero deberá hacer uso del mismo.
5. Si se solicita cambio de viaje para un servicio de superior o para el mismo servicio y la tarifa es mayor, el pasajero deberá pagar el excedente a que haya lugar, en caso contrario la empresa no efectuará devoluciones de dinero.
6. El pasajero podrá transportar hasta 25 kilos de equipaje en máximo dos valijas cada uno de máximo 80 cm, sin sobrepeso, el exceso se pagará por kilo de acuerdo a las tarifas establecidas por la empresa.
7. La empresa responderá por el equipaje cuando haya sido entregado el conductor y éste a su vez haya entregado la ficha del equipaje cuyo número debe ser igual a la ficha de la valija, y previa reclamación del pasajero en el acto de entrega o dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Presenta la reclamación la empresa agotará la investigación interna que corresponda dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su presentación, al vencimiento del cual compensará, en caso de ser procedente, de acuerdo a las regulaciones aplicables y bajo las limitaciones de responsabilidad pertinentes. Parágrafo 1°: En armonía con lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 1031 del Código de Comercio, se tendrá un límite indemnizable que en ningún caso podrá ser inferior al setenta y cinco por ciento (75%) del valor declarado, el cual corresponderá a doscientos mil pesos ($200.000,oo M/CTE), o al declarado específicamente por el usuario antes de su registro, previa comprobación de dicho valor con facturas o cualquier otro documento pertinente que aporte el pasajero. Parágrafo 2°: En caso de pérdida de la ficha el usuario podrá acudir a cualquier medio idóneo para demostrar con suficiencia ser el propietario, tenedor o poseedor del equipaje frente al cual se alega el derecho, dejando registro la empresa en documento aparte de las características del equipaje entregado sin la presentación de ficha y la identificación del usuario que lo recibe. Parágrafo 3°: La empresa transportadora no responderá por la pérdida o avería: 1) Del equipaje de mano que no haya sido confiado a su custodia. 2) Del equipaje de mano que se encuentran bajo la custodia, cuidado, control y responsabilidad del pasajero. 3) Del equipaje cuando se presente un evento de fuerza mayor o caso fortuito. 4) Del equipaje cuando haya sido incautado o decomisado por las autoridades competentes. 5) Del equipaje por hecho de un tercero o sea culpa del mismo pasajero.
8. La empresa no transportar a personas en estado de embriaguez, o bajo influencia de estupefacientes.
9. Cada una de estas condiciones están definidas en el contrato de transporte publicado en la página web www.transyari.com.
10. El contrato de transporte de pasajeros fue leído, comprendido y aceptado por el cliente al comprar el tiquete de viaje.